De la política criminal al populismo punitivo en el Perú
From criminal policy to punitive populism in Peru
John Glicerio Barboza Navarro1
Palabras clave: Populismo punitivo, prevención del delito, política criminal
Criminal policy in Peru currently focuses on harsher treatment of individuals who engage in antisocial behavior. This is evident in the activities carried out by legislators, with the criminalization and overcriminalization of more frequent offenses, the advancement of punishment barriers, and the creation of new crimes. The simplest response from our legislators to the rise in insecurity and crime is to toughen criminal laws, which is ultimately a populist strategy. The author addresses this topic in this article.
Key words: Punitive populism, crime prevention, criminal policy
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1 Abogado, con estudios de maestría con mención en Ciencias Penales por la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, y actualmente cursando estudios de Doctorado en Derecho por la misma casa superior de estudios, correo jbarbozanavarro26@gmail.com
La inseguridad ciudadana y la criminalidad continúan creciendo día tras día, no obstante los esfuerzos que despliega el Estado a través de sus tres poderes para combatirla. Según Peña: “Son tres las manifestaciones delictivas que azotan nuestras sociedades actuales: primero, la criminalidad callejera. Segundo, la corrupción de funcionarios. Tercero, los aparatos criminales de tentáculos operativos de gran calado, que transcienden los territorios de los Estados” (2018, pp. 7-8).
Para Villavicencio, la “seguridad ciudadana constituye una preocupación central debido a la creciente inseguridad en la que vive la mayoría de la población como efecto de un crecimiento desmesurado de la delincuencia común y organizada, que afecta sobre todo a las grandes ciudades como también a zonas rurales de los diferentes países” (2019, p.23).
La criminalidad es un fenómeno social de ámbito mundial que pone en riesgo la seguridad pública de un Estado. La respuesta de parte del Estado peruano, casi de inmediato, es la solución penal, criminalizando conductas sociales aún no penalizadas, incrementando las penas a los que ya existen, creando nuevos tipos penales, como ocurrió con el delito de agresiones contra las mujeres, incorporando circunstancias agravantes. Esto es, populismo punitivo que, al ser sinceros, no ha contribuido a disminuir las cifras de la criminalidad nacional.
En ese sentido, creemos que el populismo penal en el Perú, similar al de otros países, constituye una estrategia para llegar al poder y generar en la ciudadanía la opinión pública del rechazo y censura a la delincuencia. Siendo así, el populismo penal implica la retórica por parte de los políticos de poner mano dura contra el delito (Bonner, 2021).
La justicia penal, históricamente, ha sido desigual; castiga únicamente a los más pobres. En la era de la globalización económica, política, jurídica y de otros sectores, «con la vuelta del jurista a la realidad, llega el declive del positivismo puro y la crisis del formalismo jurídico. Esto es, la intervención jurídica se orienta hacia fines sociales, con lo que el Derecho penal no se considera sino uno de los tantos instrumentos de control social del Estado» (Sanz, 2019, p. 56).
En el siglo pasado, Roxin (2014) criticó duramente la abstracción alcanzada por el sistema del derecho penal y la política criminal, sugiriendo que la sistematización, interpretación y aplicación de las normas penales debería estar relacionada con los fundamentos político-criminales de la teoría de los fines de la pena. Por su parte, Jakobs (2006) propugna la prevención general positiva como fin de la pena; pues el ilícito penal no se identifica por el daño social, sino por la infidelidad al sistema jurídico.
La nueva realidad social en la que vivimos ha condicionado la metamorfosis de la política criminal a nivel del globo, de la cual el Perú no está exento. El derecho penal, procesal penal y política criminal ha dado un giro desde la propugnación de la prevención especial positiva (resocialización) hacia la prevención especial negativa (intimidación de nuevos delincuentes).
En dicho contexto, entra a la escena la política criminal populista, el derecho penal simbólico, el derecho penal del riesgo y el derecho penal del enemigo. Para el derecho penal simbólico, lo importante no es lograr realmente evitar conducta ilícita, sino conseguir la sensación de seguridad, usando para ello los medios de comunicación social, frente a problemas desbordantes como el incremento incesante de la violencia de género (Sanz, 2019).
Son notorios los intereses políticos y demagógicos en la creación o propuesta de normas penales, de parte de los legisladores, como ocurre con la cadena perpetua por delito de feminicidio, o la sobre criminalización de todos los nuevos delitos de violencia de género; la propuesta de pena de muerte para violadores, entre otros. Las constantes modificaciones de las leyes sobre delitos más frecuentes, en especial con el endurecimiento de las penas, no responden a fines que en concreto puedan resolver la criminalidad, sino a propagandas politiqueras. En consecuencia, «la reforma penal, por tanto, es frecuentemente utilizada con una perspectiva casi únicamente electoralista, pues resulta un medio barato, inmediato, efectista y con gran potencial simbólico. Esto es, los costes son bajos y los beneficios altos, sobre todo desde el punto de vista electoral.» (Sanz, 2019, p. 67).
Frente al aumento de la delincuencia común y organizada, y la correspondiente sensación de inseguridad de parte de la población civil, quienes claman la efectividad y protección de las leyes, exigiendo las sanciones máximas, los legisladores penalizan y sobrepenalizan los delitos más frecuentes, como el delito de agresiones contra las mujeres, el feminicidio, el tráfico de drogas, la criminalidad organizada, la corrupción de funcionarios, violación sexual, entre otros.
El derecho penal empieza a ser percibido por la opinión generalizada de la sociedad como una herramienta apta para proveer un arsenal de medios efectivos de lucha contra el delito y de represión de la violencia, configurándose el discurso de justificación de un derecho penal para enemigos cuya concretización legal cimienta una demanda social de existencia innegable (Arocena, 2005).
El endurecimiento penal, de hecho, no es una estrategia política criminal privativa del sistema jurídico peruano. Como nos recuerda Sanz, «sí es evidente la influencia que ha tenido en todo ello el contexto internacional de endurecimiento punitivo, liderado por Estados Unidos tras los ataques del 11-S.» (2019, p.91), habiendo logrado su máximo éxito en El Salvador.
Sobre el particular, Roxin (2012), en definitiva, resulta, «que una dogmática penal fundada por política criminal no solamente es una ciencia limitadora de la pena, aunque sí lo sea en lo esencial». La política criminal no solo debe enfatizar la hiperpenalización de los delitos como mecanismo de erradicación de la criminalidad.
La sensación de inseguridad, real o imaginaria, constituye el caldo de cultivo para réditos electorales. Principalmente, los candidatos o aspirantes al gobierno o al congreso usan como estrategia de campaña, para convencer al electorado, que con la delincuencia serán severos e implacables, castigándoles con penas ejemplares y de cadena perpetua. En manos de los políticos, Derecho Penal, Procesal Penal y la Política Criminal, «en definitiva, se ha convertido en una especie de instrumento de guerra frente a los civiles, admitiéndose la guerra militar frente al enemigo» (Sanz, 2019, p. 91). Papel de los medios de comunicación de masas en el populismo penal
La influencia de los medios de comunicación de masas y/o redes sociales, en la percepción de la inseguridad y la propuesta de severidad penal, es notoria y posee la enorme capacidad de producir opinión pública.
Si no fuera por los medios de comunicación, difícilmente tomaríamos conocimiento de los sucesos que ocurren en nuestro alrededor y en el mundo. Pero, no solo informan, sino también fijan la agenda del debate. «Los medios tienen, por tanto, el poder de situar en el debate público una determinada cuestión, convirtiéndola así en asunto de interés nacional y con independencia de la importancia que realmente tenga» (Sanz, 2019, p.101).
Siendo ello así, «los medios tendrían el rol de manipular y servir como propaganda al servicio de los discursos populistas, generando repercusiones negativas en la democracia y menoscabando la formación de una opinión pública crítica de este tipo de discursos» (Ruiz y Arenas, 2022, p.222).
Los medios de comunicación, por tanto, actúan como un cuarto poder del Estado; recolectan, seleccionan, discriminan y difunden las noticias que desean transmitir. Merced a los medios de comunicación, sabemos cuáles son los problemas sociales palpitantes, cuáles son los proyectos de leyes en propuesta, qué normas jurídicas se han creado, etc. En consecuencia:
La percepción ciudadana sobre la delincuencia no proviene generalmente de la propia experiencia, sino de la información recibida sobre el tema. La alarma social se produce cuando los medios dicen que se ha producido. Los medios masivos se han convertido, por tanto, en protagonistas de los análisis de la política criminal en nuestro país, siendo ya considerados uno de los actores básicos del giro punitivista adoptado por nuestro sistema penal en las últimas décadas (Sanz, 2019, p.102).
El derecho penal persigue fines determinados: la retribución, la prevención general y especial, la protección al condenado. Sin embargo, ha sido incapaz de cumplir con dichas finalidades y, por el contrario, ha desarrollado funciones no declaradas, que han sido una muestra evidente de la instrumentalización política criminal
1.- El populismo punitivo implica la retórica utilizada por parte de los políticos, para poner mano dura contra el delito, produciendo leyes irrelevantes, creando nuevos delitos, adelantando las barreras de punición, incluyendo circunstancias agravantes, entre otros.
2.- Las manifestaciones delictivas que azotan nuestras sociedades actuales se agrupan en tres: la criminalidad común, la corrupción de funcionarios y la criminalidad organizada.
3.- Resulta notorio la gran influencia que ha ejercido en todo ello el contexto internacional la estrategia de endurecimiento punitivo, liderado por Estados Unidos tras los ataques del 11-S, habiendo logrado su máximo éxito en El Salvador.
4.- La percepción de la ciudadanía respecto al crimen, la inseguridad ciudadana, corrupción de funcionarios y la criminalidad organizada, no se forma de la propia experiencia, sino de la información proporcionada por los medios de comunicación; por tanto, estos medios marcan la agenda político criminal.
Sanz, N. (2019). Política Criminal. INEJ-Instituto de Estudio e Investigación Jurídica. AROCENA, Gustavo: El derecho penal y el problema de la inseguridad ciudadana,
artículo en libro: Los desafíos del derecho penal en el siglo XXI (Dir. Guillermo J. yacobucce) Lima-Perú: ARA Editores.
Prado, V. R. (2019). Derecho penal y política criminal. Problemas contemporáneos. Lima, Perú: Gaceta Jurídica.
Roxin, C. (2014). Teoría del delito en la discusión actual. Grijley Jakobs, G. (2006). Derecho penal del enemigo. Thomson
Peña, A. (2018). Tráfico ilícito de drogas y delitos conexos. Perspectivas dogmáticas y político criminales. Editorial IDEAS.
Ruiz, C. y Arenas, R. (2022). Populismo punitivo: manifestación política vs. Derecho penal. Artículo en revista de Derecho. Universidad del Norte.
Bonner, M. (2021). ¿Qué es el populismo punitivo? Una tipología basada en la comunicación mediática. Artículo en revista Matriz.