Un necesario deslinde entre la vacancia presidencial por permanente incapacidad moral, el juicio político y el antejuicio, a fin de asegurar su conformidad con el principio de ne bis in idem. (2026). Revista Rafael Velarde Álvarez Rivera, 5(3), 135-147. https://revista.icaayacucho.com.pe/index.php/rvar/article/view/67