¿Los alimentos devengados forman parte de la reparación civil?

Autores/as

  • Brechman Félix Muñoz Lapa Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga image/svg+xml Autor/a

Palabras clave:

Alimentos devengados, reparación civil, actor civil

Resumen

Surge la interrogante de que, en las sentencias recaídas en los delitos de omisión a la asistencia familiar, el pago de los alimentos devengados no forma parte de la reparación civil; es más, por este último concepto se fija expresamente un monto distinto y simbólico, mientras que el pago de los alimentos devengados se establece como regla de conducta. Dilucidar esta práctica ortodoxa tiene especial importancia debido a que con ello deberá delimitarse la actuación del actor civil respecto del Ministerio Público y el tratamiento que ha de corresponderle para efectivizar el pago.

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Publicado

2026-03-01

Cómo citar

¿Los alimentos devengados forman parte de la reparación civil? . (2026). Revista Rafael Velarde Álvarez Rivera, 5(3), 35-42. https://revista.icaayacucho.com.pe/index.php/rvar/article/view/53

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