¿Los alimentos devengados forman parte de la reparación civil?
Palabras clave:
Alimentos devengados, reparación civil, actor civilResumen
Surge la interrogante de que, en las sentencias recaídas en los delitos de omisión a la asistencia familiar, el pago de los alimentos devengados no forma parte de la reparación civil; es más, por este último concepto se fija expresamente un monto distinto y simbólico, mientras que el pago de los alimentos devengados se establece como regla de conducta. Dilucidar esta práctica ortodoxa tiene especial importancia debido a que con ello deberá delimitarse la actuación del actor civil respecto del Ministerio Público y el tratamiento que ha de corresponderle para efectivizar el pago.
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Publicado
2026-03-01
Número
Sección
ÁREA DERECHO PENAL
Cómo citar
¿Los alimentos devengados forman parte de la reparación civil? . (2026). Revista Rafael Velarde Álvarez Rivera, 5(3), 35-42. https://revista.icaayacucho.com.pe/index.php/rvar/article/view/53